Solicitud de Equivalencias

El trámite podrá ser realizado antes del 31 de mayo (para los que ingresan en el primer semestre) o antes del 31 de octubre (para los que ingresan en el segundo semestre). 

Ver Formulario PDF: Solicitud de Equivalencias

Para ello, deberá presentar "dentro de una carpeta de cartulina tipo cual es", debidamente rotulada con su legajo, Apellidos y nombres, con la siguiente documentación:

  1. Formulario de solicitud F003, debidamente completado.
  2. Certificado analítico del establecimiento donde cursó y aprobó las materias que presenta para la equivalencia. Este certificado (fotocopia) debe estar firmado y sellado en original por las autoridades del establecimiento.
  3. Programa analítico de cada una de las materias que presenta para la equivalencia. Estos deberán estar firmados y sellados en original (cada una de las hojas) por las autoridades del establecimiento.

Con toda la documentación y encarpetada, deberá numerar cada una de las hojas de la presentación, comenzando por la solicitud como número 1, el certificado analítico como nro 2 y los programas analíticos a continuación.
En la solicitud, deberá, para cada materia solicitada (identificada con código de materia y nombre, según plan de estudios) aquella o aquellas materias que considera forman la totalidad de los contenidos, haciendo mención en cada caso, el número de hoja o folio en el que se encuentra la primer hoja del programa del establecimiento.
Solo se otorgará un máximo de 6 (seis) materias por equivalencia, sin excepción. Por este motivo, solo encontrará 6 casilleros.
Esta carpeta deberá presentarla en Bedelía junto con una fotocopia de la hoja de solicitud cumplimentada, la que será firmada por el Bedel a modo de recepción del trámite.
Finalizado el trámite de equivalencias, se le informará al correo electrónico que figura en la solicitud y deberá pasar a notificarse de la resolución en la fecha que se le indique.
Es importante destacar que pese a solicitar la equivalencia, deberá inscribirse y cursar las materias hasta que se notifique formalmente de la resolución del Consejo, por cuanto la misma puede no ser concedida y perdería la cursada de no haberlo hecho.

Para tener en cuenta:
De acuerdo al Reglamento orgánico de los IFTS, Anexo II, artículos 7, 8 y 9

  • Mientras dure el trámite de reconocimiento de equivalencias el alumno deberá cursar normalmente las materias para las que ha solicitado su aprobación por equivalencia.
  • Las materias cuyo reconocimiento se solicite deberán ser similares a las que se cursan en la respectiva modalidad, tanto en su extensión como en su complejidad, requisito que se juzgará comparando los planes de estudio, los programas de las materias correspondientes y demás exigencias curriculares.
  • El solicitante de la equivalencia no deberá haber interrumpido sus estudios durante más de seis años académicos, incluido el de la solicitud.

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